Cámara de Diputados aprobó la indicación presentada por el Ministerio de Obras Públicas al Proyecto de Ley que modifica la ley N° 18.290 de Tránsito.
Este jueves la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad y sin objeciones la indicación presentada por el Ministerio de Obras Públicas al Proyecto de Ley que modifica la ley N° 18.290 de Tránsito, para delimitar la infracción que consiste en circular un vehículo sin dispositivo electrónico habilitado de pago de peajes o tarifas en autopistas concesionadas. Tenemos buenas noticias, hoy fueron aprobadas por la Cámara de Diputados y por unanimidad ayer en el Senado, las nuevas normas que permiten a las personas renegociar su deuda por circular sin TAG en las autopistas, destacó el Ministro de Obras Públicas, Alfredo Moreno.
La aprobación del proyecto en el Congreso permite implementar parte de los acuerdos alcanzados el pasado 03 de diciembre con los distintos gremios del transporte y se suma a otras medidas ya implementadas como:
1.- La eliminación del reajuste anual del 3,5% de las tarifas de los peajes urbanos –anunciada en octubre-,
2.- La posibilidad de suscribir un convenio para repactar deudas con las distintas empresas concesionarias.
3.- El plan especial para usuarios intensivos, el que -a través de un acuerdo individual con las autopistas- permite una tarifa especial.
4.- Descuento de un 50% de la tarifa para motos previa firma de convenio individual.
La ley se refiere a las multas de tránsito por circular sin TAG o con el dispositivo inhabilitado, que equivale a una UTM. Hasta ahora, esta multa se ha estado aplicando por carretera, es decir, una persona puede usar dos o tres autopistas en el mismo día incurriendo en dos o tres multas por este concepto. Con esta nueva Ley volvemos al concepto original que está asociado a una multa por circular sin el dispositivo habilitado, independiente de la cantidad de autopistas por las que se transite, explicó el Ministro.
Esta ley permite que aquellos usuarios con multas informadas al 30 de noviembre del 2019, puedan suscribir un convenio mediante el cual una vez pagado el 20% del total de las multas adeudas, el 80% restante se cancele. Esto, además, permite regularizar el permiso de circulación.
Una vez que esta ley entre en vigencia, beneficiará a cerca de 300 mil patentes
La ley recién aprobada en el Congreso establece un marco regulatorio para suscribir el convenio de pago dentro del siguiente ámbito de aplicación:• Multas del art. 114 de la ley de tránsito y del art. 42 de la ley de concesiones.
• Multas informadas al Registro de Multas no pagadas hasta el 30/11/2019.
• El proceso para suscribir el convenio y renovar el permiso de circulación será dentro de los seis meses posteriores a la publicación de la ley.
• El convenio se suscribe con la municipalidad en la que se renueve el permiso de circulación.
• Pago del 20% de la deuda con máximo de 100 UTM hasta en 24 cuotas mensuales.
• El pago de la primera cuota del monto del convenio será requisito para renovar el permiso de circulación.
• El incumplimiento del pago dejará sin efecto el convenio.